Te informamos de que la AEAT está enviando cartas a determinados contribuyentes en el marco de actuaciones de prevención del fraude del IVA, siguiendo las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018, aprobadas por la Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En tales cartas informa de que la Administración dispone del total de entradas y salidas en las cuentas bancarias de las que una persona o entidad es titular o autorizado, en relación con el seguimiento de las obligaciones de IVA.
La Agencia Tributaria orienta su actuación mediante la utilización de actuaciones preventivas previas o simultáneas a la presentación de las autoliquidaciones, utilizando para ello las posibilidades tecnológicas para la detección de riesgos fiscales.
El Plan anual también contempla el desarrollo de actuaciones de comprobación e investigación, sobre los obligados tributarios en los que concurran perfiles de riesgo.
También avisa de que puede cruzar dicha información con las declaraciones del IVA del ejercicio 2017 y cómo sería utilizado como indicio de riesgo fiscal el hecho de que los importes no coincidan con las bases imponibles del IVA o los ingresos declarados de la actividad económica de los contribuyentes.
Ya hace un año, también llevó a cabo una campaña de seguimiento del cumplimiento de las obligaciones de IVA, en la que envió cartas a determinados contribuyentes en los casos en que las cuantías declaradas en sus autoliquidaciones de IVA de 2016 podían no coincidir con el importe de entradas y salidas bancarias. Ello no implica necesariamente la existencia de ventas no declaradas, pero trata de disuadir a los contribuyentes de que eviten cometer irregularidades en sus IVAS declarados.
En las cartas del año pasado, al igual que en las de este año, se advierte de que es una mera comunicación de datos, por lo que no se debe enviar documentación ni justificar el importe de los abonos o cargos en las cuentas bancarias de las que ha sido informado, siendo simplemente información recibida por la AEAT que se pone a su disposición.
Convendría tener preparada la documentación que justifique la existencia de las discrepancias, por si resulta ser objeto de actuaciones de comprobación.
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